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Inicio - DISTANFOR - Consultora Gestora de Formacion
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- DISTANFOR - Consultora Gestora de Formacion,DISTANFOR - Web de la gestora/consultora de formacion
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español (Spanish)
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- Distanfor S.L.
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- +34 953101915
¿QUE ES LA FORMACIÓN CONTINUA?
Son acciones formativas para que los trabajadores de su empresa puedan mejorar su preparación en aquello que más necesite. Sus trabajadores son su principal activo para competir con éxito en su entorno empresarial.
BENEFICIARIOS DE LA FORMACIÓN CONTINUA:
Se pueden beneficiar todas las Empresas radicadas en el territorio del Estado español, cualquiera que sea su tamaño. Deben desarrollar formación para sus trabajadores y cotizar por la contingencia de formación profesional.
Se pueden beneficiar los siguientes trabajadores:
o Asalariados que satisfagan cuota de formación profesional ( régimen general de la Seguridad Social)
o Trabajadores a tiempo parcial indefinido, fijos discontinuos en periodo de inactividad, los que accedan al desempleo cuando se encuentren en periodo formativo y los acogidos a regulación de empleo por expediente autorizado.
¿QUÉ AYUDAS TIENE LA EMPRESA PARA FORMAR A SUS TRABAJADORES?
Las empresas que realicen formación para sus trabajadores y que coticen por la contingencia de Formación Profesional a la Seguridad Social disponen de un Crédito de Formación Continua.
El Crédito de formación es la cantidad de que dispone cada empresa para financiar, con cargo a las bonificaciones de la Seguridad Social, las acciones formativas (cursos).
Este crédito es anual, de tal modo que si en un año no se realiza ningún tipo de formación, el crédito se pierde y no es posible acumularlo para años posteriores
¿QUÉ HAY QUE HACER PARA PARTICIPAR?
Para conseguir estos objetivos, son necesarios dos Documentos para cumplimentar:
DOCUMENTO DE ADHESIÓN A LA EMPRESA:
Es el documento por el cual la empresa y todos sus trabajadores, se adhiere a una Agrupación de empresas ya creada. El representante Legal de la empresa tiene que cumplimentar los campos de este documento, procediendo a su firma y sello. Si algún dato se desconoce, nosotros en la Asesoría lo cumplimentaremos. Este documento una vez firmado y sellado, será custodiado, según la normativa vigente, por la Entidad Organizadora DISTANFOR S.L.
¿Para qué necesitamos el documento de adhesión de su empresa? En primer lugar para calcular el crédito del que dispone su empresa (subvención para hacer formación) con esto podremos asesorarle sobre qué tipo de cursos subvencionados puede hacer y empezar a elaborar el plan de formación de su empresa. Si quieres recibirlo escríbenos a![]()
FORMULARIOS DE INSCRIPCIÓN DE EMPRESAS Y ALUMNOS:
Una vez que ya conoce cuál es el crédito de formación de su empresa hay que rellenar este documento mediante el cual la empresa solicita los cursos de formación. El Representante Legal ha de cumplimentar los campos correspondientes a los datos del trabajador, procediendo a firmarlo. Por último, en caso que exista representante legal de los trabajadores, éste ha de firmar en el apartado correspondiente a la recepción de la información sobre las acciones formativas. Si ya conoces el crédito de tu empresa y quieres solicitar directamente los formularios escríbenos a![]()
CARACTERÍSTICAS DE LOS CURSOS
On Line, a distancia, CD-learning.
Entre 32 y 960 horas con horarios a convenir.
Materiales gratuitos para todos los alumnos.
También se pueden hacer presupuestos para cursos a medida y personalizados.
¿CÓMO SE CALCULA EL CRÉDITO DE UNA EMPRESA?
Se calcula aplicando, a la cuantía ingresada por la empresa en concepto de cuota de Formación Profesional durante el año natural anterior, el porcentaje de bonificación que se establezca en la Ley de Presupuestos Generales del Estado en función del tamaño de las empresas. Este porcentaje se establece de la siguiente forma para el año 2005:
Empresas de 6 a 9 trabajadores: 90%
Empresas de 10 a 49 trabajadores: 65%
Empresas de 50 a 249 trabajadores: 52,5%
Empresas de 250 o más trabajadores: 42,5%
Las empresas de 1 a 5 trabajadores tendrán un crédito establecido de 350 € por empresa.
Nosotros, como Centro autorizado por el Fondo Social Europeo (antiguamente conocido como Forcem) y con el consentimiento de su empresa (documento de adhesión de la empresa), podemos comunicarle el importe exacto de su crédito para formación.
¿QUÉ DEBE HACER UNA EMPRESA PARA BENEFICIARSE DE LAS BONIFICACIONES?
Haber informado como procede a la representación legal de los trabajadores, si la hubiere.
Haber comunicado a la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo el inicio de la formación, con una antelación de 15 días. (Nosotros nos encargamos de esta gestión)
Haber realizado la formación.
Comunicar a la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo la finalización de la formación, con anterioridad a que finalice el plazo de presentación del Boletín de Cotización en el que se apliquen las bonificaciones. (Nosotros nos encargamos de esta gestión)
Estos trámites los realizamos sin coste alguno a través de nuestro Centro, en el que nos ocuparemos de toda la gestión para la acción formativa.
¿CÓMO SE APLICAN LAS BONIFICACIONES?
Las bonificaciones se aplicarán en el Boletín de Cotización del mes siguiente al que finaliza la formación o, en todo caso, con anterioridad a la fecha en que finaliza el plazo de presentación del Boletín de Cotización correspondiente al mes de diciembre del mismo año. (Ej. Finalización de cursos en marzo de 2006, se aplica la bonificación en el Boletín de abril o como máximo en el de diciembre de 2006).
Esperamos haber resuelto sus dudas.
Póngase en contacto con nosotros, les atenderemos encantad@s.